El protocolo y el código de conducta establecen medidas para prevenir la violencia, proteger a las personas menores de edad y promover una convivencia respetuosa en los centros, actividades y servicios de Juventud.
1. Un compromiso compartido con la seguridad
Los espacios de ocio joven deben ofrecer un entorno donde niños, niñas y adolescentes puedan participar, expresarse y relacionarse con seguridad. El protocolo de protección y buen trato de la Concejalía de Juventud de San Fernando de Henares sitúa su bienestar y su interés superior en el centro de la intervención.
Su ámbito abarca los centros municipales de Juventud y todas las actividades y servicios de la Concejalía en los que participen menores. Implica al personal municipal, a las empresas prestadoras de servicios, a quienes colaboran, realizan prácticas o voluntariado y a las personas usuarias.
2. Prevenir los riesgos y favorecer la participación
La prevención incluye organizar espacios seguros y accesibles, mantener una supervisión adecuada y ajustar las ratios a la normativa aplicable. Cuando conviven participantes de distintas edades, el protocolo contempla la división de espacios por edades y una atención especial a las diferencias significativas.
También prevé la selección de profesionales y personas voluntarias aptas para trabajar con menores, la presentación del certificado de delitos sexuales y la formación inicial y continua en buen trato y detección de situaciones de riesgo. Los mapas de riesgos permiten identificar posibles problemas en las actividades y planificar medidas de protección.
La inclusión y la escucha forman parte de este trabajo. Se presta especial atención a quienes presentan mayor vulnerabilidad o atraviesan situaciones de riesgo social, y se promueve que las personas menores aprendan a reconocer la violencia, pedir ayuda y participar en la construcción de entornos seguros.
3. Un código de conducta para el equipo
El código de conducta es de cumplimiento obligatorio para quienes trabajan, colaboran, realizan prácticas o voluntariado en los espacios y actividades de Juventud. Deben leerlo, comprenderlo y firmar su compromiso con sus normas.
Estas normas exigen respeto, escucha, trato equitativo y protección de la intimidad. Las relaciones con menores deben mantenerse dentro del marco profesional, con comunicaciones transparentes y conocidas por el equipo. No se permite permanecer a solas con menores en espacios cerrados sin visibilidad ni realizar, compartir o difundir sus imágenes sin la autorización expresa de la familia y de las propias personas menores.
Se rechazan la violencia física, verbal, psicológica o sexual, la negligencia, el acoso, las humillaciones y la discriminación. El código también busca corregir conductas como los favoritismos, la sobreprotección, la indiferencia o las presiones que invaden la intimidad. Sus incumplimientos se abordarán conforme al procedimiento disciplinario interno.
4. Participación y deberes de las personas usuarias
El punto 4 del anexo 3 recoge las normas de convivencia que deben respetar quienes participan en los espacios y actividades de Juventud:
- Respetar al resto de participantes y al equipo del centro, evitando bromas pesadas, insultos, peleas y cualquier abuso físico o psicológico.
- Cuidar los espacios y el material. No se permiten el vandalismo ni el robo.
- No ejercer acoso, violencia ni exclusión entre iguales.
- Respetar la intimidad de compañeros y compañeras, especialmente en habitaciones, baños y duchas.
- No tener ni consumir alcohol, tabaco u otras drogas en los espacios de actividades de la Concejalía.
- No compartir fotografías de otras personas sin su consentimiento.
- Cuidar el entorno y la naturaleza y hacer un uso responsable del agua.
- No utilizar cerillas ni mecheros.
5. Cómo comunicar una preocupación
El protocolo contempla la observación del personal, la comunicación directa de menores, familias o terceras personas y los canales establecidos por la Concejalía y el Ayuntamiento. Ante cualquier indicio, sospecha o revelación de violencia, el equipo debe informar inmediatamente a la persona delegada de protección.
El delegado de protección es Tomás López. Para comunicar una preocupación o solicitar ayuda, el teléfono de contacto es 916 692 401, o a través del mail : sugerencias.juventud@ayto-sanfernando.com
Esta figura mantiene contacto habitual con las personas menores participantes y es designada por la empresa de servicios con el visto bueno del personal municipal responsable. Ante una incidencia, el protocolo prevé medidas iniciales de protección, el registro de las actuaciones y la activación del plan de respuesta, con comunicación a los servicios competentes según la situación. La información se trata respetando la confidencialidad y las obligaciones de comunicación que correspondan.
6. Información accesible y revisión continua
El protocolo prevé su difusión entre el personal, las familias y las personas menores, con contenidos adaptados a su edad y comprensión. También contempla resúmenes accesibles sobre derechos, convivencia y canales de ayuda, así como una revisión anual o cuando se produzcan cambios normativos o incidentes relevantes.
La participación del equipo y de las propias personas jóvenes en su evaluación contribuye a mejorar las medidas de protección y a mantener una cultura de buen trato en los espacios de Juventud.
Resumen elaborado a partir del Protocolo de protección y buen trato en centros de ocio joven municipales de San Fernando de Henares y su Anexo 3 Código de conducta.

